La ROM 5.1. de Calidad de las aguas litorales en áreas portuarias se plantea como un instrumento de gestión para compatibilizar la actividad portuaria con la calidad de los sistemas acuáticos afectados por dicha actividad, con el objetivo último de:

  • Desarrollar un sistema interno de evaluación de la calidad, adecuado a las peculiaridades de los sistemas portuarios.
  • Disponer de información propia sobre los riesgos y los impactos ambientales en las aguas portuarias.
  • Contribuir a la sostenibilidad de las actividades llevadas a cabo en las zonas portuarias.

 

De acuerdo con lo establecido en el texto de la ROM 5.1, el ámbito de aplicación se corresponde con la Zona I y Zona II de los puertos de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y la Savina.