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El aparcamiento regulado en el puerto de Eivissa finaliza el día 20 de marzo

La Autoritat Portuària de Baleares (APB) finalizará mañana jueves 20 de marzo  el periodo de aparcamiento regulado en el paseo de la Marina y en la Avenida de Santa Eulalia, con lo que se volverá al horario de verano, que permite solo el acceso de vehículos a la zona del muelle Sur para carga y descarga en horario 7 a 11 horas y de 16 a 18 horas. 

La medida de levantar la barrera del puerto durante el invierno es una petición del Ayuntamiento de Eivissa con el objetivo de facilitar la movilidad y el estacionamiento en la zona y se lleva a cabo desde otoño de 2023. Con la reactivación económica de los negocios del puerto coincideindo con el buen tiempo, el paseo de la Marina vuelve a ser predominantemente peatonal.

Más de 12 toneladas de residuos retiradas en los puertos de Eivissa y la Savina en cuatro años de limpieza de la lámina del agua

La Autoridad Portuaria de Baleares (APB) ha retirado más de doce toneladas de residuos en los operativos de limpieza realizados en los últimos cuatro años en los puertos de Eivissa y la Savina. El servicio ha supuesto un coste de más de 1,3 millones de euros a través de la UTE Patena Ibiza-La Savina, encargada de la limpieza de la lámina de agua y la lucha contra la contaminación ambiental de estos dos puertos.

Del total de 12.550 kg de residuos recogidos entre octubre de 2020 y octubre de 2024, poco más de doce mil corresponden al puerto de Eivissa y el resto, algo más de quinientos kilos al de la Savina. Estos trabajos han sido clave para reducir la contaminación en las zonas portuarias y mejorar la calidad del agua y el entorno marítimo.

Esta información se desprende de un informe de resumen del servicio en el que se detalla que la mayoría de los residuos retirados pertenecen a varias categorías. Por una parte, el más numeroso y que representa el 54% del total es material de rechazo. Es decir, restos orgánicos y plásticos de pequeño tamaño cuya separación es inviable, así como objetos voluminosos no reutilizables.

En segundo lugar, con un 22% respecto al total, se encuentran los residuos plásticos y envases ligeros, incluyendo botellas, bolsas y embalajes. Otro grupo importante de residuos que representa el 21% del material recogido es el de origen orgánico, en su mayoría restos vegetales de algas, plantas o trozos de madera. Finalmente, el 3% restante corresponde a otros residuos no comprendidos en los grupos anteriores.

Procedencia terrestre

La mayor parte de los residuos tiene procedencia terrestre con un 40% del total, mientras que la que viene del mar es de un 21%. Se calcula que un 20% de los residuos tiene su origen en estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR) y hacen referencia a toallitas, preservativos, compresas y otros objetos de higiene personal.

El 15% de los residuos retirados tales como aros salvavidas, defensas u otros restos de embarcaciones caídos al mar de forma accidental supondrían un 15%, mientras que el 4% restante serían redes de pesca profesional y aparejos de pesca recreativa.

Los medios materiales que la APB dispone para este servicio son una embarcación eléctrica tipo pelícano de 8,5 metros de eslora, una semirrígida semi-eléctrica de 7,6 metros de eslora, un dron flotante teledirigido, un skimmer separador de hidrocarburos y un vehículo tipo pickup.

 La APB está implantando su estrategia ambiental que fue aprobada en 2021 y que pasa, entre otras cosas, por evitar los vertidos al mar y controlar la calidad de las aguas. No obstante, se siguen produciendo vertidos ajenos a la actividad del puerto que deben ser retirados para conseguir una adecuada calidad de las aguas.

El TSJIB da la razón a la APB y desestima el recurso del CM Molinar de Levante por el desalojo y la paralización de su actividad

El Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears (TSJIB) ha desestimado el recurso interpuesto por el Club Marítimo Molinar de Levante (CMML) contra la resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) que revocaba su autorización de ocupación temporal y ordenaba el desalojo de las instalaciones de la dársena del Caló d’en Rigo, situadas en el puerto de Palma. La sentencia hace referencia a los hechos ocurridos en 2019 cuando la entidad náutica se negó a abandonar el espacio portuario, una vez extinguidos sus derechos de ocupación.

En la sentencia de 24 de enero de 2025, el tribunal rechaza las alegaciones del CMML, incluida la supuesta desviación de poder y arbitrariedad de la APB. La Sala sostiene que la entidad portuaria actuó dentro de sus competencias y que el club era consciente desde el inicio de la autorización de la posibilidad de revocación debido a la ejecución de obras en la zona.

El TSJIB recuerda además que una sentencia anterior de junio de 2023 ya había ratificado la legalidad de la paralización de la actividad del restaurante del club. Según el fallo, el CMML aceptó la autorización de ocupación en marzo de 2019 con plena conciencia de su carácter temporal y de las cláusulas que permitían su revocación unilateral​.

El tribunal destaca que el desalojo respondía a la necesidad de ejecutar obras en la zona portuaria, constatada mediante inspecciones que revelaron un estado deficiente de los muelles y el edificio social. Asimismo, rechaza la supuesta vulneración de principios de transparencia, objetividad y confianza legítima, al considerar que la actuación de la APB se ajustó a la legalidad y al interés público.

Con esta sentencia, se cierra el litigio en torno a la extinción de la autorización de ocupación del CMML, reforzando la posición de la APB en el proceso concursal en curso. Además, el TSIB ha destacado el buen trabajo de la APB en este proceso, especialmente del resultado de la prueba testifical.

Enfrentamiento legal

A partir de febrero de 2019, el CMML y la APB entraron en un conflicto debido a la negativa del club a desalojar sus instalaciones. La APB había informado al CMML el 14 de febrero de 2019 sobre la extinción de sus derechos de ocupación en el pequeño puerto del Molinar, solicitando el traslado de las embarcaciones al Portitxol para dar inicio a las obras de reforma previstas. Sin embargo, el club solicitó una prórroga, argumentando retrasos en la entrega de llaves y autorizaciones por parte de la APB, lo cual fue desmentido por la autoridad portuaria 

En mayo de 2019, la situación se intensificó cuando agentes de la Policía Portuaria ordenaron el cese de actividades en el edificio que albergaba el restaurante y la sede social del CMML, impidiendo el acceso al mismo. A pesar de esta orden, el club anunció su intención de seguir operando hasta recibir una resolución judicial que ordenara el desalojo.  Posteriormente, en octubre de 2019, la APB solicitó al TSJIB el desahucio administrativo del CMML de las instalaciones que ocupaba, buscando así una resolución judicial que respaldara la necesidad de liberar el espacio para proceder con las obras planificadas en el puerto.

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Detalles de las acciones llevadas a cabo con el objetivo de la creación de valor de la APB hacia sus grupos de interés, en cumplimiento de su compromiso de transparencia respecto a su gestión.

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